Sentencia, Nulidad del plan urbanístico en Ador

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Sentencia de fecha: 30 de mayo del año 2008. Ponente: Ilmo. Magistrado Don Carlos Altarriba Cano. Nulidad del plan urbanístico en Ador por la falta del informe de la Confederación hidrográfica. La Sala entiende que conforme al artículo 25 de la ley de aguas, en los supuestos de planificación que comporten nuevas demandas de recursos hídricos, el informe de la confederación sobre la existencia o inexistencia de recursos, es preceptivo. La omisión de un informe preceptivo, determina la anulación del acto, con retroacción de actuaciones para que expresamente se solicite. El informe se entenderá desfavorable si no se emite en el plazo establecido al efecto.


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